La política para ampliar el programa de deportación acelerada fue aprobada en EEUU desde el 2019. En esta entrada te explicamos en qué consiste este tipo de deportación. Pero, si te quedaste con dudas, aquí te explicamos cinco cosas importantes que debes saber al respecto.
1 ¿Quiénes aplican para una deportación expedita?
La deportación acelerada aplica a todas las personas que tengan menos de dos años de haber entrado a EEUU sin autorización.
Anteriormente, esas deportaciones sólo aplicaban para migrantes detenidos al cruzar la frontera con México por tierra. Ahora incluyen a quienes hayan ingresado en barco o avión.
Además, la norma se expande: ya no se limita a las primeras 100 millas (161 kilómetros) después de la frontera, ahora cubre todo el país.
2 ¿Quiénes están a salvo?
Todos los migrantes con un estatus regular, ya sea ciudadano, residente, con una visa válida o que esté bajo un programa como DACA o el TPS están fuera del alcance.
También están a salvo las personas con presencia continua en los Estados Unidos durante más de dos años.
OJO: sólo necesitas comprobar una de estas dos cosas, no ambas.
3 ¿Aumentará la presencia de ICE en las calles?
No. Esta medida sólo tiene como objetivo facilitar la deportación de los migrantes para aliviar la gran carga de trabajo en los tribunales migratorios.
Sin embargo, este tipo de medidas sólo aumentan la probabilidad de que una persona que no esté sujeta a una deportación acelerada, como un ciudadano o un residente legal, sea detenida o deportada si es que no conoce sus derechos o carga un documento de identidad.
4 ¿Es legal aplicar esta medida?
Defensores de los derechos civiles y de los migrantes se han opuesto a esa medida.
Además, hay varios problemas importantes con esta política, pues las personas elegibles para hacer un reclamo de “alivio de remoción” pueden ser privadas injustamente de cualquier oportunidad de buscar alivio.
Esto aplica, por ejemplo, con los testigos de delitos o una víctima de un crimen.
5 ¿Cómo me protejo?
Lo más recomendable es que todas las personas, independientemente de quiénes son o de dónde nacieron, lleven en todo momento pruebas de su estatus migratorio o evidencia de que han estado presentes continuamente en el país por más dos años.
Esto incluye a los ciudadanos estadounidenses, incluso aunque hayan nacido en EEUU, deben llevar una prueba de su estatus.
En el caso de las personas con ciudadanía o un estatus regular, pueden llevar una Real ID, su permiso de trabajo, Green Card o su visa.
En el caso de los indocumentados, estos deberán probar que ha estado presente de forma continua durante dos años. Pueden usar comprobantes bancarios o similares, aunque la decisión será a consideración de las autoridades.
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