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Guía para el traslado de restos o cenizas de mexicanos que fallecen en el extranjero

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La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) dio a conocer la Guía para el Traslado de Restos de mexicanos o sus cenizas, que fallecen en el extranjero para su disposición final en México.

El Gobierno de México, mediante la Secretaría de Salud, señalaron que la disposición final del cadáver debe ser preferiblemente mediante cremación.

Esto debido a que las cenizas representan un menor riesgo en términos sanitarios y también un costo financiero menor.

De igual manera, es recomendable que los familiares o la funeraria que trasladará el cuerpo o cenizas desde el extranjero verifiquen que:

  • La funeraria que dispondrá de los restos en México cuenta con las medidas sanitarias para su debido manejo.
  • En caso de ser transportado por vía aérea, que la aerolínea permita el traslado de restos o cenizas de personas fallecidas.
  • El gobierno de la entidad federativa en México a donde se pretenda trasladar los restos permita la inhumación del cuerpo. Algunos gobiernos estatales han dispuesto que únicamente recibirán cenizas.

Requisitos para trasladar los restos de mexicanos

Para los familiares

De las instituciones:

  • Acta de defunción, traducida y apostillada.
  • Certificado de embalsamiento o cremación.
  • Permiso de tránsito de cadáver o cenizas (emitido por la autoridad sanitaria).
  • Facturas de los servicios contratados.

De las embajadas, consulados y SRE:

  • Visa de tránsito al servicio del cadáver.
  • Visa al certificado de embalsamiento o cremación.
  • Acta de defunción expedida por el consulado mexicano.
  • Atención a trámite de solicitud de apoyo.

Pasos

  1. Notificar el fallecimiento: debes acudir con todos los documentos (requisitos familiares) a la representación consular. Después, debes seleccionar la funeraria en el lugar donde falleció el connacional e informar donde serán inhumados los restos.
  2. Autoridades del lugar donde ocurrió el fallecimiento te proveerán de los documentos necesarios (requisitos de las instituciones).
  3. En el consulado:
    • Entrevistaran a la familia del connacional fallecido.
    • Registraran la información en el Sistema Integral de Protección Consular.
    • Revisarán la documentación y confirmarán la identidad del fallecido.
    • Una vez conseguidos los pasos anteriores, te otorgarán la documentación para gestionar el traslado a México. (Requisitos de las embajadas, consulados y SRE).
  4. La funeraria realizará la repatriación de restos o cenizas de acuerdo con la disponibilidad de medios de transporte y rutas.

No olvides que…

  • Si los familiares de la persona fallecida no se encuentran en el lugar del deceso, es necesario dirigir un correo a la dirección: dgpmexterior@sre.gob.mx
  • Esto para garantizar una adecuada atención antes de entrar en contacto con las oficinas de la Secretaría de Relaciones Exteriores en territorio nacional para solicitar orientación sobre los trámites.
  • Las visas es expiden gratuitamente.
  • Si los familiares no cuenta con el dinero suficiente, en la entrevista validarán si son candidatos a un apoyo económico por parte del consulado.

Contacto

Si tienes dudas con este trámite puedes llamar al CIAM (Centro de Información y Asistencia a Mexicanos) desde EE.UU. al 520-623-78-74 o bien desde México al (001) 520-623-78-74.

¿Tuviste algún problema con este trámite? Llámanos a este teléfono +52 55 52 11 58 14