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¿Cómo tramito mi declaratoria de nacionalidad?

Costo: $19 dólares americanos
Cuanto tarda: Variable
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Si solicitaste una nacionalidad distinta a la mexicana antes del 20 de marzo del 1998 y quieres recuperar tus beneficios que la Constitución y leyes otorgan a los mexicanos por nacimiento, debes tramitar tu declaratoria de nacionalidad.

Las personas que podrán recuperar su nacionalidad mexicana son:

  • Quienes nacieron en territorio mexicano, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
  • Quienes nacieron en embarcaciones mexicanas o aeronaves.
  • Nacidos en el extranjero de padre, madre o ambos mexicanos, y que siendo mayores de 18 años, obtuvieron otra nacionalidad antes del 20 de marzo de 1998.

Requisitos

  • Acudir personalmente a tu consulado más cercano de lunes a viernes de las 8:15 a las 13:00 horas para entregar tu SOLICITUD DNN-2 (Puedes obtener este formulario dando click en la pestaña “Descargar formulario” de la parte superior de esta página)
  • Acta de nacimiento original (copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano) y una fotocopia, el original no se regresa.
  • Presentar original del pasaporte extranjero expedido antes del 20 de marzo de 1998, o bien certificado de naturalización y copia certificada del mismo, apostillada y traducido al español.
  • Original y dos fotocopias de una identificación oficial vigente que contenga fotografía y firma (pasaporte, licencia de conducir, etc.).
  • Dos fotografías recientes a color, tamaño pasaporte (3.5 x 4.5cm), con fondo blanco, de frente, cabeza descubierta, sin anteojos.
  • Si es mujer, y tu documento tiene apellido de tu esposo ó ex-esposo, necesitarás presentar acta de matrimonio ó de divorcio, según sea el caso, y dos fotocopias.
  • Exhibir original y fotocopia del documento con el que acredite que otro estado te reconoce como su nacional
  • Comprobante de pago de derechos correspondiente.

Si nací en el extranjero…

Si naciste en el extranjero, deberá exhibir copia certificada del acta de nacimiento expedida por los consulados o por la sección consular de las representaciones diplomáticas de México en el exterior o copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera. Además deberás presentar copia igualmente certificada del acta de nacimiento o copia del certificado o declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento del padre o madre.

Si tengo un acta de nacimiento extemporánea…

Si fuiste registrado en México después de un año de la fecha de su nacimiento, dicha acta se considera extemporánea. Deberás presentar una de las siguientes pruebas adicionales, con dos fotocopias:

  • Copia certificada por notario público de la partida parroquial de bautismo. Esto si dicho acto se realizó durante el primer año de vida y en territorio nacional.
  • Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por el registro civil. Esto si éstos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.
  • Del acta de nacimiento de un hermano mayor expedida por la oficina del registro civil. Esto si nació en territorio nacional y fue registrado dentro del primer año de vida.
  • Copia certificada del acta de nacimiento del padre ó madre mexicanos expedida por la oficina del registro civil, registrado a tiempo.
  • Constancia expedida por la Secretaría de Gobernación, de la fecha de internación al país del padre ó madre extranjeros, si esto ocurrió antes de la fecha del nacimiento del interesado.

Contacto

Si deseas más información sobre este trámite por favor contacta a también puedes enviar un email al canciller@sre.gob.mx