Los hijos nacidos en el extranjero de padre y/o madre mexicanos por nacimiento y los menores que hayan nacido a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes, independientemente de la nacionalidad de sus padres tienen derecho a obtener la nacionalidad mexicana (doble nacionalidad)
Si te encuentras en USA esta condición se formaliza mediante el registro de los hijos ante cualquier Consulado General de México en Estados Unidos o bien si te encuentras en México la inscripción del acta extranjera en las Oficinas del Registro Civil.
Para que un registro hecho ante una autoridad extranjera adquiera validez en México, requiere de apostilla para su posterior inscripción en territorio mexicano en una oficina estatal o de la Ciudad de México del Registro Civil. A este acto se le llama Inserción de Acta Extranjera.
Requisitos
- Uno o ambos padres del menor deben ser mexicanos.
- Acta de nacimiento estadounidense del menor (forma larga y apostillada), original y una copia fotostática. El formato largo del acta de nacimiento especifica la hora de nacimiento del menor, los nombres, nacionalidad y fechas de nacimiento de los padres, así como el nombre del hospital y médico que atendió el parto (Si no aparecen estos datos en el acta de su hijo, favor de traer la constancia de alumbramiento del hospital en donde especifique la información antes mencionada). *El Acta de Nacimiento estadounidense del menor se quedará en el Consulado General de México.
- Actas de nacimiento originales de ambos padres, y dos copias fotostáticas.
- Identificaciones oficiales vigentes con fotografía del padre y de la madre, y dos copias fotostáticas. (Pasaporte, Matrícula Consular, Credencial para Votar)
- Acta de matrimonio original, en caso de estar casados, y dos copias fotostáticas.
*Si alguno de los padres NO es mexicano deberá presentar Pasaporte vigente o identificación del Estado.
Pasos
- Agendar una cita en Mexitel al teléfono 1-877-639-4835 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 9:00 p.m. o sábado y domingo de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. hora de México o puedes hacer click en “este enlace”.
- Acudir con tus documentos el día de la cita en el horario correspondiente.
No olvides que…
Si alguno de los padres no se encuentra físicamente el día del trámite, el padre ausente se puede hacer representar por medio de poder notarial elaborado por Notario Público mexicano (si se encuentra viviendo en México) ó por un Consulado o Embajada de México (si es que se encuentra viviendo en otro país) en donde conste la autorización para efectuar el registro de nacimiento del o la menor. Debe incluir copia del acta de nacimiento y de la identificación que se presentó el padre/madre al tramitar el poder notarial.
Si los padres están casados y el matrimonio se realizó antes del nacimiento de su hijo NO necesita el poder notarial.
En este caso deberá presentar en original y 2 copias el Acta de Matrimonio mexicana o Certificado de Matrimonio estadounidense debidamente apostillado.
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Contacto
Si tienes dudas, puedes llamar al Centro de Información y Asistencia a Mexicanos (CIAM) al 520-623-7874 desde EEUU, o al 001-520-623-7874 desde México.
¿Tuviste algún problema con este trámite? Llámanos a este teléfono +52 55-5211-5814