El cuidado de hijos menores o de adultos dependientes puede ser un gasto significante, afortunadamente el gobierno ofrece un crédito por su cuidado que puede proporcionar cierto alivio.
Para saber si eres candidato a este crédito, el Servicio de Impuestos Internos (IRS) pone a nuestra disposición la siguiente guía.
Requisitos de elegibilidad para el crédito de cuidado de hijos y dependientes
De acuerdo con el IRS, para que un contribuyente reciba el crédito de cuidado de hijos y dependientes debe tener un dependiente que cumpla las siguientes características:
- Los menores de 13 años que reciben cuidados.
- Un cónyuge física o mentalmente incapaz de cuidarse a sí mismo que haya vivido con el contribuyente durante más de la mitad del año.
- Una persona que es física o mentalmente incapaz de cuidarse a sí misma y haya vivido con el contribuyente durante seis meses.
En este último punto, la persona calificada debe ser, en la actualidad, dependiente del contribuyente.
Pude aplicar si en algún momento dependió económicamente del contribuyente, con excepción de los siguientes casos:
- La persona calificada recibió ingreso bruto de 4 mil 200 o más.
- Presentó una declaración conjunta.
Los contribuyentes pueden usar el Asistente Tributario Interactivo (en inglés) en IRS.gov para determinar si pueden reclamar el crédito de cuidado de hijos y dependientes.
Los contribuyentes que pagan los gastos de guardería pueden ser elegibles para reclamar hasta el 35 por ciento de lo que gastan; se aplican límites.
Contacto
Si desea solicitar una prórroga y demora temporal del proceso de cobro comunícate el Servicio de Impuestos Internos (IRS) llamando desde EE.UU al 800-829-1040 y desde México 52-800-829-1040, en un horario de 7 a.m. to 7 p.m. en horario local.
¿Tuviste algún problema con este trámite? Llámanos a este teléfono +52 55 52 11 58 14